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En los primeros meses de 2022, el Ministerio de Sanidad distribuyó entre sociedades científicas y colegios profesionales un borrador normativo que la prensa especializada bautizó como Real Decreto 157/2022. Este texto, de 32 páginas en su versión de trabajo, proponía una remodelación profunda de la Formación Sanitaria Especializada (FSE), que comprendía desde la creación de un registro electrónico unificado hasta un sistema de evaluación semestral por competencias.
Aunque esa numeración del borrador 157/2022 nunca llegó a estamparse en el Boletín Oficial del Estado, dado que, la norma definitiva se publicó más tarde como Real Decreto 589/2022, sigue sirviendo de referencia técnica porque detalla con precisión la estructura digital y pedagógica que ahora se está implementando.
De tal manera, el anteproyecto partía de un diagnóstico compartido tras 15 años de vigencia del Real Decreto 183/2008 con disparidad autonómica en los programas docentes, lentitud para reconocer nuevas especialidades y un modelo de evaluación anual que medía horas y rotaciones en lugar de competencias reales del residente.
Para salvar esos desequilibrios, el borrador abrazó principios ya consolidados en el NHS británico y en el modelo CanMEDS canadiense, apostando por portafolios electrónicos y trazabilidad completa.
De tal forma, los objetivos del Real Decreto 157/2022 son los siguientes:
Trazabilidad completa: mediante un Registro Estatal de Especialistas en Formación que consolide, en tiempo real, actividad asistencial, investigación y formación transversal.
Agilizar la creación de especialidades y Áreas de Capacitación Específica (ACE): con un procedimiento abreviado gestionado por la Dirección General de Ordenación Profesional.
Evaluar por competencias: con rúbricas semestrales que sustituyan el examen anual clásico y fomenten la retroalimentación continua.
Estos objetivos materializan los artículos 22 y 32 de la Ley 44/2003, de ordenación de las profesiones sanitarias, que ya exigían un registro nacional y un sistema evaluador homogéneo.
Algunas de las principales novedades que caracterizan esta norma son las siguientes:
El artículo 5 diseñaba un registro interoperable con el Sistema Nacional de Salud en el que cada rotación debía subirse en un plazo máximo de 10 días, con firma electrónica cualificada y codificación SNOMED-CT para los actos clínicos.
Frente al cauce único del Real Decreto 183/2008, el anteproyecto establecía un procedimiento abreviado en vista de que, bastaban evidencias de necesidad asistencial, aval de 2 sociedades científicas y masa crítica de pacientes, alineándose con la Directiva 2013/55/UE sobre cualificaciones profesionales.
Inspirado en los ACGME Milestones estadounidenses, el modelo abandona la nota numérica anual.
Asimismo, el residente genera un portafolio electrónico con evidencias competenciales de cirugías, interconsultas, publicaciones, que es revisado cada 6 meses por su tutor y un evaluador externo.
El borrador limita a 4 el número máximo de residentes por tutor, exige formación pedagógica acreditada y prevé un complemento retributivo anual. Además, introduce la recertificación quinquenal del tutor para mantener la calidad formativa.
La experiencia de la pandemia de COVID-19 también impregnó el texto. Durante los picos asistenciales, muchas rotaciones se suspendieron y las sesiones docentes pasaron a formato virtual.
El Real Decreto 157/2022 institucionaliza esos aprendizajes, garantizando tiempo protegido para la docencia, incentivando la simulación de alta fidelidad y blindando la FSE ante futuras emergencias sanitarias.
En julio de 2022, buena parte de estas disposiciones se consolidaron en el Real Decreto 589/2022, publicado en el BOE el 20 de julio, que regula la formación transversal y el procedimiento de creación de nuevas especialidades.
No obstante, el borrador del Real Decreto 157/2022 sigue citándose en guías de implantación e informes autonómicos porque describe con mayor detalle la arquitectura técnica del futuro registro estatal.
El alcance de la norma ahora materializada en el Real Decreto 589/2022 es transversal dentro del Sistema Nacional de Salud.
Este compromete a todas las administraciones sanitarias autonómicas, que deben armonizar sus bases de datos docentes con el nuevo Registro Estatal; sin esa integración no podrán acreditar unidades ni convocar plazas de residencia.
Asimismo, afecta a los centros sanitarios acreditados, tales como hospitales, institutos de investigación y centros de salud, obligados a aportar evidencias digitales de la actividad docente y mantener infraestructuras de simulación avanzadas.
Impacta de forma directa a las personas residentes de todas las titulaciones MIR, EIR, FIR, BIR, QIR y PIR, que verán cómo su itinerario formativo gana en transparencia, pero también en exigencia competencial.
Las implicaciones del Real Decreto 157/2022 son los siguientes:
Cada rotación, sesión clínica o procedimiento quirúrgico quedará registrada con sello de tiempo y codificación SNOMED-CT.
Esa trazabilidad facilitará el reconocimiento automático de competencias cuando el profesional solicite homologación en otro país de la Unión Europea o participe en programas de recertificación.
El portafolio electrónico recoge indicadores de desempeño, tales como habilidades técnicas, comunicación con el paciente, trabajo en equipo, los cuales sustituyen la clásica nota de servicio.
Las comisiones de docencia tendrán ahora paneles de análisis que detectan precozmente déficits formativos, evitando sorpresas en la evaluación final.
Centros y tutores deberán dominar plataformas de videomentorización, simuladores de realidad virtual y dashboards analíticos.
Quienes no dispongan de recursos propios, podrán acceder a un modelo federado en la nube, financiado con fondos Next Generation, para evitar brechas entre hospitales urbanos y comarcales.
La mayoría de las sociedades científicas han celebrado la apuesta por la transparencia y la competencia, pero advierten de 2 riesgos: la escasez de tutores con tiempo protegido y la sobrecarga burocrática inicial que supondrá migrar datos históricos al nuevo Registro.
Por su parte, los sindicatos residentes valoran la flexibilidad que ofrece el sistema semestral de rúbricas, aunque reclaman que los fallos de infraestructura, tales como, por ejemplo, caídas del servidor o retrasos en la validación de evidencias que no penalicen la evaluación global.
El Ministerio ha respondido anunciando un plan de acompañamiento 2025-2027 con financiación para infraestructura digital, cursos de pedagogía clínica y un programa de incentivos económicos para los tutores que acrediten formación docente avanzada.
La relación del Real Decreto 157/2022 con otras normativas sanitarias son las siguientes:
La ley establecía la necesidad de un registro único y de evaluaciones competenciales, mientras que, el real decreto aterriza esos mandatos en protocolos concretos y plazos cerrados.
El portafolio electrónico está diseñado para dialogar con el EU-Logbook y cumplir la Directiva 2013/55/UE, de modo que, la movilidad profesional no requiera trámites adicionales.
Además, incorpora los criterios de la Recomendación (UE) 2017/1528 sobre competencias digitales en salud, garantizando que los residentes desarrollen habilidades en telemedicina y análisis de datos clínicos.
Aunque su numeración quedó en borrador y el texto definitivo se publica como Real Decreto 589/2022, la visión concebida en el Real Decreto 157/2022, introduce un salto cualitativo con un registro nacional interoperable, evaluaciones basadas en competencias y refuerzo del rol tutor.
Con ello, la residencia española pasa de un sistema centrado en horas y rotaciones a otro orientado a resultados y alineado con estándares europeos, de modo que, el reto inmediato será garantizar recursos humanos y tecnológicos para que la reforma no quede en el papel y, si se supera esa barrera, durante la próxima década España puede situarse en la vanguardia de la formación sanitaria especializada.
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