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La Ley define como manipulador de alimentos “toda aquella persona que por su actividad laboral tiene contacto directo con los alimentos durante su preparación, fabricación, transformación, elaboración, envasado, almacenamiento, transporte, venta, distribución, suministro y servicio”.
Algunos de los requisitos indispensables para este tipo de profesionales hacen referencia a la formación en higiene alimentaria. En este sentido, las empresas del sector alimentario deben garantizar, mediante programas de formación continuada adaptado a su actividad, que los manipuladores de alimentos dispongan de los conocimientos necesarios para desarrollar unas correctas prácticas de manipulación. Estos programas de formación los debe impartir una entidad autorizada por las autoridades sanitarias competentes que puede ser, en su caso, la propia empresa.
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