Índice
La Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias (CFC) es el órgano colegiado del Sistema Nacional de Salud (SNS) que coordina y garantiza la calidad de la formación que realizan, a lo largo de su vida profesional, médicos, enfermeras y demás titulados sanitarios.
De tal manera, su misión es establecer criterios comunes para evaluar y acreditar actividades, programas y méritos formativos, de modo que, los créditos otorgados sean comparables y útiles para el desarrollo profesional.
Los créditos ECTS (European Credit Transfer System) son la unidad académica oficial de la educación superior europea. Estos miden la carga de trabajo de un estudiante en titulaciones regladas como Grado, Máster, Doctorado y sirven para el reconocimiento universitario entre países.
Asimismo, los créditos de formación continuada son unidades de valoración profesional que otorgan las agencias de acreditación reconocidas por el SNS para actividades no regladas, tales como cursos, talleres, congresos, actividades online y formación en centros.
Su finalidad es reconocer aprendizaje y actualización tras la titulación, con efecto en bolsas de empleo, carrera profesional y concursos cuando la normativa autonómica u hospitalaria los pondera.
Aunque ambos sistemas miden aprendizaje, no son equivalentes, sino que, el ECTS pertenece al sistema universitario, mientras que, la CFC mide formación continuada en el ámbito sanitario del SNS.
La Comisión de Formación Continuada aporta un sistema común de evaluación y reconocimiento de la formación no reglada en el ámbito sanitario.
El marco jurídico nace en la Ley 44/2003 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS), la cual define la formación continuada como un deber y un derecho de los profesionales, y prevé la existencia de la Comisión con base en el capítulo IV.
Su composición, funciones y el sistema de acreditación se desarrollan en el Real Decreto 1142/2007, que integra a la Comisión en la Comisión de Recursos Humanos del SNS y articula los órganos específicos de acreditación estatales y autonómicos.
Estos textos son la base para entender qué hace y cómo opera la comisión de formación continuada en toda España.
De esta forma, las funciones de la Comisión de Formación Continuada son las siguientes:
Define criterios, procedimientos y estándares para valorar actividades y concede la acreditación a través de los órganos competentes.
El Real Decreto 1142/2007 determina que el sistema de acreditación se integra por la propia CFC y por los órganos específicos del Ministerio de Sanidad y de las comunidades autónomas. Sus acuerdos aseguran que los créditos tengan el mismo significado en todo el SNS.
La Comisión de Formación Continuada de Profesiones Sanitarias aprueba metodologías de evaluación, requisitos del profesorado, adecuación de contenidos y medición de resultados de aprendizaje.
Con ello, refuerza que la formación acreditada responda a necesidades clínicas reales, se apoye en evidencia científica y mejore la seguridad del paciente.
La Comisión de Formación Continuada establece criterios para asignar créditos a cada actividad, tales como horas, metodología, evaluación, realizando seguimiento del uso del logotipo y resuelve incidencias o reclamaciones.
También puede actualizar baremos para nuevas modalidades, por ejemplo, simulación clínica o formación online con evaluación proctored y promover auditorías de calidad.
Pueden solicitar acreditación las entidades proveedoras de formación, tales como centros sanitarios, sociedades científicas, universidades, colegios profesionales, fundaciones, empresas del sector salud, entre otros, así como servicios o unidades docentes que organizan actividades internas.
Según la modalidad, se exige documentación sobre objetivos, programa, metodología, profesorado, sistema de evaluación, control de asistencia y satisfacción, además de la declaración de conflictos de interés.
Sí. La acreditación otorgada conforme al sistema del SNS tiene validez nacional, con independencia de la administración que expida la resolución estatal o autonómica, según el portal oficial del Ministerio de Sanidad sobre acreditación.
Esta validez permite que un curso acreditado por una comunidad autónoma cuente en otra en términos de reconocimiento de créditos de formación continuada, lo que favorece la movilidad y la homogeneidad del desarrollo profesional.
Los profesionales pueden participar en actividades acreditadas para mantener su competencia, documentar su desarrollo y sumar créditos que, según normativa local, computan en bolsas, carrera profesional o procesos selectivos.
Es recomendable conservar los certificados oficiales con el número de créditos, la entidad acreditadora y la fecha.
Las entidades deben diseñar actividades con objetivos medibles, contenido actualizado, profesorado cualificado y evaluación de aprendizaje.
Además, han de garantizar transparencia con patrocinios, conflicto de interés, además de accesibilidad y trazabilidad documental. Un expediente sólido agiliza la resolución y evita requerimientos.
Muchos colegios y universidades organizan formación continuada propia o en colaboración con hospitales y sociedades científicas.
Al solicitar acreditación, deben demostrar pertinencia clínica, rigor metodológico y alineación con las necesidades del sistema asistencial.
El proceso de acreditación de la Comisión de Formación Continuada es el siguiente:
Planificación: la entidad define la necesidad formativa, población diana, objetivos, competencias a adquirir y resultados esperados.
Diseño pedagógico: se establecen contenidos, metodología, ya sea presencial, online o mixta, además de carga horaria, profesorado y evaluación con pruebas, casos, observación, OSCE, entre otros.
Expediente: se prepara la memoria técnica con programa detallado, CV del profesorado, sistema de control de asistencia, evaluación y satisfacción de participantes.
Solicitud: se presenta ante el órgano acreditador correspondiente, estatal o autonómico, con las tasas y formularios requeridos.
Valoración: expertos revisan la conformidad con criterios de calidad y proponen créditos en función de horas, metodología y evaluación.
Resolución y comunicación: se publica la resolución con el número de créditos y la vigencia, de manera que, la entidad incorpora el logotipo oficial en materiales, según normas de uso.
Ejecución y cierre: se imparte la actividad, se documenta la asistencia y la evaluación, y se emiten certificados con los créditos concedidos. El expediente queda disponible para auditoría.
Para acelerar la resolución, hay que preparar un cronograma realista, adjuntar todos los anexos como programa, CV, evaluaciones, así como verificar que los conflictos de interés y patrocinios se declaran explícitamente.
Si la actividad es online, detalla el sistema de evaluación y la identidad de los participantes.
La Comisión de Formación Continuada es una pieza clave para asegurar que la actualización de competencias de los profesionales sanitarios sea pertinente, comparable y reconocible en todo el SNS.
Quizá te interesa leer sobre...
¡Muchas gracias!
Hemos recibido correctamente tus datos. En breve nos pondremos en contacto contigo.