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Elaborar un presupuesto para una obra es una labor compleja, ya que, intervienen multitud de profesionales y la rodean multitud de aspectos como el gasto en material, desplazamiento, personal de obra y un largo etcétera que deben contener las certificaciones de obra. Tan solo llevando un exhaustivo control de cada una de las partidas que engloban un proyecto de edificación se podrá determinar el coste de realizarla y evitar pérdidas de dinero.
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Las certificaciones de obra son documentos mediante los cuáles los presupuestos establecidos para una construcción se transforman en facturas. Es decir, la función principal de las certificaciones de obra es la de dar valor al trabajo que se lleva a cabo a lo largo de las diferentes fases de un proyecto de construcción o una reforma.
Una vez realizadas las certificaciones de obra pertinentes, la parte contratista estará disposición de facturar la parte correspondiente del presupuesto, obtener un pago parcial y seguir desarrollando la obra. De otra parte, el cliente o el promotor será consciente en todo momento del proceso de construcción y las sucesivas fases que se van concretando.
Existirán tantas certificaciones de obra como números de pagos que recibirá la parte contratista. Por ello, antes del inicio del proyecto, se acordarán los pagos que se realizarán y se llevará a cabo una certificación de obra de forma periódica para obtener el pago que corresponda.
La Dirección de Obra será la encargada de preparar la certificación de obra, que será revisada por el contratista. En el caso de que éste, no alegue nada al respecto, será aprobada definitivamente plasmando el contratista su firma junto con los técnicos facultativos del proyecto.
En la certificación de obra se deberán incluir los siguientes apartados:
Las certificaciones de obra para poder ser cobradas deben de contar con el visado de la Dirección Facultativa, en otras palabras, por profesionales como el arquitecto, el aparejador o el ingeniero, según corresponda. Será su labor la de dar el visto bueno a las partidas ejecutadas del presupuesto y al porcentaje de realización de la obra.
Inicialmente se deben de medir las partes de la obra que se van a certificar, pudiendo presentarse como acopios aquel material adquirido y no colocado en la obra. A continuación, se reflejarán las partidas de forma que coincidan con las mediciones presupuestadas, y en caso de que no lo estuvieran, se reflejaran con precios dispares.
La documentación a presentar para que la Dirección Facultativa apruebe el cobro de las certificaciones de obra es la factura correspondiente. Mediante este documento, el promotor de la obra, el organismo contratante o la persona física correspondiente podrán cobrar las certificaciones de obra.
El contrato de ejecución de obras será la clave a la hora de saber cuando se pueden cobrar las certificaciones de obra. Esto se debe a que, en base a lo que se refleje en este documento, se podrán cobrar en base a los plazos fijados mensualmente, por fases de obra acabados, o en cualquier otro tipo de plazo. Finalizado el plazo, se procederá al cobro.
Habitualmente, las certificaciones de obra se presentan al finalizar el mes para que se abonen las nóminas de los trabajadores y antes del vencimiento del plazo para facilitar la presentación de la que se realizará a continuación.
Acabado el proyecto, se llevará a cabo la certificación final de obra, que se llevará a cabo mediante declaración mediante acta notarial, que será firmada por el director de obra o de ejecución de obra, y visado por el colegio profesional. Finalizado este trámite, se podrá hacer el uso de la obra por el que se ha llevado a cabo como puede ser para vivienda, por ejemplo.
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