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Un permiso penitenciario es una autorización temporal concedida a un interno para salir del centro penitenciario durante un periodo determinado bajo ciertas condiciones y supervisión. Su principal objetivo es facilitar la reintegración social del recluso, permitiéndole mantener vínculos familiares y sociales, así como prepararse para su futura vida en libertad.
En este artículo te hablamos sobre los dos tipos de permisos penitenciarios: ordinarios y extraordinarios. Además, te contamos cómo funciona el procedimiento de concesión de estos permisos y las posibles razones por las que pueden denegárseles a los internos.
Los permisos penitenciarios ordinarios están diseñados para facilitar la reintegración progresiva de los reclusos a la sociedad, manteniendo sus lazos familiares y sociales. Estos permisos permiten que, bajo ciertas condiciones, los internos salgan temporalmente del centro penitenciario.
En el caso de los reclusos que están en segundo grado, pueden obtener hasta 36 días de permiso al año, mientras que aquellos en tercer grado pueden llegar a 48 días más los fines de semana.
Para acceder a un permiso ordinario, los reclusos deben cumplir ciertos requisitos:
Estar clasificados en segundo o tercer grado
Haber cumplido al menos un cuarto de su condena
Demostrar buena conducta
Contar con apoyo familiar en el exterior
Recibir la aprobación de la Junta de Tratamiento
El proceso para obtener este permiso incluye la solicitud ante el director del centro penitenciario, seguida de la evaluación por la Junta de Tratamiento, que decidirá si lo aprueba o no. A pesar de cumplir con todos los requisitos, es posible que el permiso sea denegado, lo cual puede requerir el apoyo de un abogado para recurrir la decisión.
Por otro lado, los permisos extraordinarios son más específicos y se otorgan por razones humanitarias. La Junta de Tratamiento tiene la facultad de concederlos en situaciones especiales, como la enfermedad grave o el fallecimiento de un familiar cercano, el nacimiento de un hijo, o circunstancias de importancia similar.
Estos permisos, aunque más limitados, permiten a los internos enfrentar momentos cruciales junto a sus seres queridos, siempre bajo estrictas medidas de control y seguridad.
El proceso de concesión de permisos penitenciarios se articula a través de varias etapas y requiere la colaboración de diferentes órganos y equipos técnicos. A continuación, se describen los pasos clave en este proceso:
Solicitud y evaluación inicial: Los internos pueden solicitar permisos de salida que posteriormente evaluará el equipo técnico del centro penitenciario. Este equipo realiza un exhaustivo estudio del interno sobre su comportamiento y otros requisitos legales aplicables.
Análisis de circunstancias: Las autoridades penitenciarias deben considerar rigurosamente las circunstancias que podrían desaconsejar la concesión del permiso, como la potencial reincidencia delictiva del interno durante su permiso.
Propuesta de fechas: Una vez que se considera viable la concesión del permiso, se gestionan las fechas de disfrute, teniendo en cuenta las necesidades personales y familiares del interno, así como otras gestiones administrativas.
Comunicación de acuerdos: Los acuerdos de la Junta de Tratamiento, ya sean favorables o desfavorables, se comunican al interno. En caso de denegación, se debe proporcionar una motivación clara y específica.
Concesión y documentación: Si se concede el permiso, se entrega al interno una certificación de concesión de permiso, que debe presentarse en la Comisaría o Comandancia de la Guardia Civil al momento de su salida y reingreso.
Valoración post-permiso: Cuando el interno vuelve al centro penitenciario, el equipo técnico realiza un estudio sobre cómo y con quién disfrutó el permiso, evaluando su coherencia con el programa de tratamiento y el cumplimiento de las condiciones establecidas.
Los acuerdos de denegación de un permiso penitenciario son decisiones que toman la Junta de Tratamiento o las autoridades competentes que rechazan la solicitud de un interno para disfrutar de un permiso de salida.
Estos acuerdos son importantes porque garantizan que se mantenga la seguridad y el orden dentro del sistema penitenciario.
La denegación de permisos puede tener un impacto significativo en el proceso de rehabilitación del interno, ya que limita su capacidad para reintegrarse gradualmente en la sociedad y puede afectar su motivación para participar en programas de tratamiento y rehabilitación.
Los acuerdos de denegación deben ser expresamente motivados. Esto significa que se deben proporcionar razones claras y específicas que justifiquen la decisión basadas en el documento oficial de "Razones de denegación de permiso" disponible en el sistema informático, así como motivos individualizados que se consideren pertinentes en cada caso.
El interno debe estar informado de la decisión de denegación. Se le entrega una copia del acuerdo, que debe firmar como constancia de recepción. Esta comunicación es fundamental para que el interno entienda las razones detrás de la decisión y pueda, si lo desea, impugnarla.
Si un interno no está de acuerdo con la denegación, tiene el derecho de presentar una queja. Esta queja se remite al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, que revisará el caso. La queja debe incluir el acuerdo de denegación y cualquier información pertinente que respalde la solicitud del interno.
Las razones para denegar un permiso pueden incluir, entre otras, la falta de cumplimiento de los requisitos legales, el riesgo de que el interno cometa nuevos delitos, la falta de preparación del interno para enfrentar la situación fuera del centro penitenciario, o la evaluación negativa del comportamiento del interno durante su tiempo en prisión.
A la hora de decidir sobre la concesión o denegación de un permiso penitenciario ordinario, es crucial considerar varios factores que afectan tanto la seguridad pública como el riesgo de que el interno no regrese o incumpla las condiciones del permiso.
Riesgo de fuga: El principal riesgo es que el interno no regrese al centro penitenciario al final del permiso. Esto depende de factores como su historial previo (si ha intentado fugarse antes) y sus vínculos con el exterior.
Conducta del interno: La buena conducta dentro de la cárcel es un indicador clave, ya que muestra si el recluso sigue las normas y si está preparado para respetarlas fuera del entorno controlado.
Apoyo familiar: La presencia de una red de apoyo en el exterior, como familiares o amigos, disminuye la posibilidad de que el interno se desoriente o cometa nuevos delitos.
Historial delictivo y reincidencia: Se evalúa si el recluso ha reincidido en delitos similares y si tiene un historial delictivo que podría suponer un riesgo al estar fuera del centro penitenciario.
Riesgo de cometer nuevos delitos: Dependiendo del perfil criminal del recluso y de las circunstancias del delito por el que está condenado, se evalúa la probabilidad de que vuelva a delinquir durante el permiso.
Vulnerabilidad ante influencias externas: Algunos internos podrían estar sujetos a presiones o influencias negativas en el exterior, como bandas delictivas, que podrían poner en riesgo su comportamiento durante el permiso.
La tabla de variables de riesgo (M-TVR) es una herramienta usada para predecir el riesgo de quebrantamiento o no reingreso durante un permiso ordinario. Evalúa 10 variables, que se puntúan de 0 a 3 dependiendo de su nivel de riesgo. Las variables incluyen aspectos como:
Variable | Descripción |
---|---|
Extranjería | Evalúa si el interno es extranjero, lo que puede aumentar el riesgo de no regresar. |
Drogodependencia | La dependencia a sustancias puede influir negativamente en el comportamiento del recluso. |
Profesionalidad | Se refiere a si el delito cometido es resultado de una organización criminal o con habilidad. |
Reincidencia | La tendencia del recluso a cometer nuevos delitos tras haber sido condenado anteriormente. |
Quebrantamientos previos | Si ha roto alguna vez las condiciones de un permiso o la libertad condicional. |
Artículo 10 LOGP | Incumplimientos previos relacionados con este artículo, que regula el control penitenciario. |
Ausencia de permisos previos | Si es la primera vez que el recluso solicita un permiso o ya tiene un historial de permisos. |
Deficiencia convivencial | Evalúa problemas de convivencia que podrían afectar la conducta del interno fuera del centro. |
Lejanía | La distancia geográfica entre el centro penitenciario y el domicilio familiar del interno. |
Presiones internas | Factores como la pertenencia a grupos delictivos que podrían influir negativamente. |
Cada una de estas variables recibe una puntuación que oscila entre 0 (bajo riesgo) y 3 (alto riesgo), dependiendo de la gravedad o relevancia del factor. Estas puntuaciones se combinan mediante una fórmula matemática, generando una puntuación final que indica el nivel de riesgo global del recluso. Los niveles de riesgo pueden clasificarse de la siguiente forma:
Muy bajo
Bajo
Normal
Elevado
Bastante elevado
Muy elevado
Máximo
Esta clasificación ayuda a la Junta de Tratamiento a tomar decisiones más informadas sobre si conceder o no el permiso, aunque nunca debe ser el único factor que se considere.
La M-CCP complementa la M-TVR y evalúa circunstancias excepcionales que podrían influir en la decisión de conceder o denegar el permiso, como si el recluso ha sido condenado por delitos graves (violencia de género, contra la libertad sexual) o si existen características agravantes en el delito cometido (pluralidad de víctimas, ensañamiento, víctimas menores de edad). También considera elementos que restan más de cinco años para el cumplimiento de las 3/4 partes de la condena o la existencia de alteraciones psicopatológicas.
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(N.d.). Gob.Es. Retrieved September 19, 2024, from https://violenciagenero.igualdad.gob.es/wp-content/uploads/Instruccion_penitenciario_1_2012.pdf
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