Modalidad
Online
Duración - Créditos
250 horas - 20 ECTS
Baremable Oposiciones
Administración pública
Becas y
Financiación
Profesionales
Docentes especializados
Acompañamiento
Personalizado
Reconocidos por:
Acreditados como:
Temario
MÓDULO 1. PREVENCIÓN DE BLANQUEO DE CAPITALES Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO
MÓDULO 2.ASESORÍA FISCAL Y TRIBUTARIA
MÓDULO 3. COMPLIANCE OFFICER
Opiniones
Lo que dicen nuestros alumnos:
Tomás Q. C.
Murcia
Este curso me ha parecido muy interesante, estoy contento con todo el temario y cómo se ha desarrollado el curso, ha sido cómodo de hacer y muy sencillo.
Nuria D. F.
Alicante
Me ha parecido un curso bastante bueno y además estoy contenta con haber podido preguntar dudas en cualquier momento a mi tutor, que es experto en asesoría fiscal.
Lucía M. V.
Granada
El temario es muy bueno y además estoy contenta con la posibilidad de baremar estos cursos en mis oposiciones. Muy recomendable todo.
Raquel P. H.
Cádiz
Buena formación online, está muy bien explicado y bien estructurado en la plataforma de INEAF.
Mario P. B.
Segovia
Me ha gustado mucho este curso online, he aprendido toda la normativa relacionada con el blanqueo de capitales y su prevención.
Plan de estudios








Titulación de curso blanqueo capitales en asesoría fiscal




Claustro docente








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Curso Blanqueo Capitales en Asesoría Fiscal
Conoce la prevención de blanqueo de capitales para usuarios en la asesoría fiscal y contable
El blanqueo de capitales en un hecho ilegal que consiste en incorporar unos bienes que vienen de conductas de delito al tráfico económico legal.
El blanqueo de capitales es un delito contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico que se trata de encubrir la procedencia de beneficios que proceden de acciones ilícitas, de forma que parezca que su procedencia son fuentes totalmente legales. Es decir, se da una apariencia legal a los bienes que se obtienen de forma ilegal, eliminando cualquier rastro que pueda descubrir su procedencia ilícita.
Normalmente en el blanqueo de capitales se da un delito complementario de otros, como el tráfico de drogas o el robo.
Este delito se ha traído de las leyes internacionales que buscan erradicar la criminalidad organizada, sobre todo incidiendo en la lucha contra el tráfico de drogas.
Este delito afecta a muchas áreas y pone en peligro dos bienes jurídicos protegidos, que son el funcionamiento legal y con completa normalidad del sistema financiero e igualmente el ejercicio de las funciones de la Administración de Justicia.
El delito de blanqueo de capitales de tipo básico
El Código Penal en su artículo 301.1 determina el tipo básico del blanqueo de capitales. Este delito se trata de la adquisición, posesión, utilización, transmisión o conversión de bienes con el fin de ocultar su origen ilegal y conociendo que su origen es una actividad delictiva. También cometen este delito aquellas personas que ayudan a la persona que participa en esta infracción para disminuir las consecuencias jurídicas de sus actos.
El delito de blanqueo de capitales de tipo agravado
En este caso el Código Penal determina una pena en su mitad superior para aquellos delitos de blanqueo en los que el origen de los bienes se ha obtenido cometiendo una serie de delitos que son especialmente graves. Es decir, será de tipo agravado si los bienes provienen de alguno de los siguientes delitos:
- Malversación
- Tráfico de drogas
- Cohecho
- Fraudes y extracciones de dinero de forma ilegal
- Tráfico de influencias
- Delitos contra el orden del territorio y el urbanismo
- Negociaciones y otras actividades que estén prohibidas a los funcionarios.
También se aplicará la pena en su mitad superior si los autores del delito son personas que forman parte de una banda criminal que se dedica al blanqueo de dinero. A los organizadores, jefes, administradores o encargados de estas organizaciones se les impondrá la pena superior en grado.
¿Es posible el blanqueo de capitales por imprudencia?
En el delito de blanqueo de capitales la actividad requiere dolo. Es decir, el autor debe saber que los bienes que adquiere son de procedencia ilícita y además debe tener la voluntad de cometer hechos delictivos.
Aunque sí que es posible que este delito sea cometido por una imprudencia grave, lo cual está también recogido en el Código Penal. Para considerarlo como delito, es necesario que se dé una infracción del deber de cuidado.
Cometer el delito de forma imprudente se puede derivar en el incumplimiento grave de aquellas obligaciones son legalmente exigibles a ciertos profesionales. Aunque es cierto que la mayoría de la doctrina y la jurisprudencia entienden que se pueda formar parte de un delito de blanqueo de capitales por un descuido grave, no solo este grupo de profesionales.
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