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Administración pública
Becas y
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Profesionales
Docentes especializados
Acompañamiento
Personalizado
Reconocidos por:
Acreditados como:
Temario
MÓDULO 1. IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA)
MÓDULO 2. PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS Y RÉGIMEN SANCIONADOR
Opiniones
Lo que dicen nuestros alumnos:
Carmen
Sevilla
Es el tercer curso que hago con Euroinnova y la verdad es que todos me han gustado mucho y aprendo un montón. Me pedían hacer un curso sobre el impuesto del valor añadido para el trabajo y gracias a este curso voy a poder aplicar conocimientos que antes no tenía.
Jorge
Girona
Me ha gustado mucho la manera en la que los profesores imparten las clases. Me parece que se entiende todo de manera muy clara y sencilla y que es fácil ir siguiendo la clase. El tutor que me asignaron me ayudo mucho durante todo el curso.
Miguel
Madrid
Al ser un curso online he tenido la oportunidad de hacerlo porque de manera presencial no puedo asistir. Gracias a esto he podido ponerme mis propios horarios.
Marta
Tarragona
Me ha parecido un curso muy completo y que los conocimientos que explican lo hacen de manera clara y fáciles de entender. Recomiendo mucho este curso, a mí me ha ayudado a entender muchas cosas de mi trabajo.
Amelia
Cuenca
He aprendido mucho acerca del impuesto de valor añadido o IVA. Me ha parecido un curso muy útil y que puede emplear los conocimientos que he aprendido en mi trabajo para poder mejorrar a nivel profesional.
Plan de estudios
Titulación de curso experto en impuesto sobre el valor añadido
Claustro docente
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Curso Experto en Impuesto Sobre el Valor Añadido
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Descubre el camino hacia el éxito con nuestro Curso Experto en Gestión Del IVA, Impuesto sobre el Valor Añadido
Se le llama impuesto sobre el valor añadido o (IVA) a u tributo que recae, de manera indirecta, sobre el consumo y grava las siguientes acciones:
- Entregas de distintos bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios o profesionales.
- Adquisiciones intracomunitarias de bienes (AIB).
- Las importaciones de bienes.
Los encargados de pagar el IVA son los empresarios o profesionales, los cuales, al mismo tiempo, tienen que repercutirlo a sus clientes. Es por esto por lo que, de cierta manera, a fin de cuentas, este impuesto recae sobre los consumidores.
¿Cómo calcular el IVA?
La ley del IVA que se aplica en España no es igual para todos los territorios de este país, pues en Canarias, Ceuta y Melilla tienen un régimen especial. Asimismo, podemos encontrar tres tipos distintos dependiendo los productos y los servicios a gravar, estos tipos son los siguientes:
- General del 21%: este tipo es aplicado por defecto a todos los bienes y servicios que no forman parte de otras categorías.
- Reducido del 10%: como norma general, se impone a los alimentos, el transporte de los viajeros, la hostelería y los espectáculos. También se le aplica a los servicios funerarios, las peluquerías, los dentistas, las viviendas y los suplementos.
- Superreducción del 4%: se aplica a aquellos artículos que se consideran de primera necesidad, como pueden ser los libros, los periódicos y aquellas revistas que sean no publicitarias. Asimismo, también encontramos los medicamentos, las sillas de ruedas, las prótesis y las viviendas de protección oficial.
Como hemos visto hay varios tipos de IVA que se puede aplicar y esto depende de a qué nos estamos refiriendo, es por esto por lo que dependiendo del tipo se puede calcular de una manera u otra. Pero vamos a usar como ejemplo el IVA general del 21%, ya que es el más habitual.
La fórmula que se usa para calcular este 21% es la siguiente: se debe multiplicar el importe bruto del bienestar o del servicio por el porcentaje de IVA expresado en números decimales, o lo que viene a ser los mismos,
Base del importe x 0,21 (tipo general) = Y (IVA del producto)
Base del importe + Y = Precio del producto con IVA
Conoce todo lo importante sobre la Liquidación del IVA de la mano de nuestros profesionales en la materia: /business-management/articulos/liquidacion-del-iva
¿Qué significa la deducción del IVA?
Como norma general se exigen tres requisitos para poder deducir el IVA como soportado deducible, estos tres requisitos son los siguientes:
Provienen de compras de distintos bienes y servicios, los cuales están destinados claramente a la actividad tanto empresarial como profesional.
Está bien documentados, ya sea con una factura o con algo similar.
Están registrados contablemente y anotados en el libro de registros correspondientes: facturas, bienes de inversión, operaciones intracomunitarias, etc.
También podemos encontrar gastos que están destinados a la actividad profesional, pero que lo hace de manera parcial. En estos casos las cuentas del IVA son determinadas según el porcentaje de uso empresarial que tiene. La ley del IVA define que estos gastos o son deducibles en ningún caso:
- Alientos (exceptuando laguna circunstancia especial), tabaco y bebidas.
- Espectáculos de tipo recreativos.
- Joyas y similares.
- Productos y servicios que están destinados a atenciones a clientes o a terceros.
- Gastos de viaje como pueden ser la hostelería o la restauración, salvo que estos se consideren deducibles a efectos del IRPF para aquellos autónomos o del impuesto de sociedades.
Para poder recuperar el IVA soportado de una operación comercial que está redactada de manera directa y exclusiva, con la actividad económica se debe rellenar el modelo 303 de IVA trimestral. Las casillas que se deben rellenar, es decir, las que están reservadas para el IVA deducible, son las que se ubican entre los números 28 y 40.
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