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Todos sabemos lo que es el salario mínimo interprofesional, pero ¿quién lo regula? ¿A qué términos o cambios se acoge? Son algunas de las preguntas que nos hacemos normalmente y no sabemos cómo respondernos.
Como su propio nombre indica el salario mínimo interprofesional, es el mínimo que se puede cobrar por la realización de un trabajo, no se puede cobrar menos.
El Gobierno es el que regula el salario mínimo anualmente, previa consulta con las Organizaciones Sindicales y asociaciones empresariales más representativas.
Estos organismos tienen que tener en cuenta varias variables:
- El incremento de los precios (IPC)
- La productividad media nacional
- El incremento de la participación del trabajo en la renta nacional
- La coyuntura económica general
España es de los países que tiene un salario mínimo más bajo de la Unión Europea. Todas estas regulaciones serán válidas tanto para trabajadores fijos como para los eventuales o temporeros, así como para el personal al servicio del hogar familiar.
En el 2009 el salario mínimo interprofesional para cualquier actividad y trabajador se estipuló en 20,80€/día o 624€/mes, según el salario esté fijado en días o meses.
El cálculo total referido al cómputo del año 2009, del salario mínimo interprofesional, incluidas las pagas extraordinarias, sería de 8.736 euros para trabajadores con jornada legal completa.
Noemí Barbero.
Licenciada en Comunicación y RRPP.
Área de Comunicación Digital Euroinnova
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