Índice
Hablar de delito conlleva, necesariamente, hablar de una víctima. Para comprender cómo se sitúa esta frente al acto delictivo, es necesario contar con una tipología de víctimas. Estas clasificaciones ayudan a estudiar la relación entre el hecho, la persona que lo sufre y sus circunstancias. Si deseas saber mucho más sobre criminología y victimología, ¡quédate hasta el final! En este artículo, te explicaremos las principales clases de víctimas y las dimensiones de victimización.

Antes de discurrir sobre en qué consiste la victimología, debemos comprender qué es la criminología. Esta disciplina estudia los delitos, sus causas, las personas que intervienen en ellos y las formas de prevenirlos. En el Diccionario panhispánico del español jurídico se menciona que se trata de una «ciencia penal empírica que tiene por objeto el delito, el delincuente, la víctima y el control social y que analiza el crimen como fenómeno individual y como fenómeno social, utilizando un método causal-explicativo». Es, por tanto, multidisciplinar, ya que recurre a disciplinas como la sociología, la antropología y la psicología, entre otras.
Ahora bien, en el mismo diccionario encontramos la siguiente definición de victimología: «Disciplina que se encarga del estudio multidisciplinar de las peculiaridades, necesidades, situación procesal y protección de la víctima, que se ha independizado de la criminología». Para estudiar la situación de la víctima, se han desarrollado distintas propuestas de tipología de víctimas. Veamos dos de las más conocidas.
Una víctima es la persona que ha sufrido daños físicos, emocionales, económicos o psicológicos como consecuencia de acciones u omisiones contrarias a la legislación. También puede incluir a familiares y otros perjudicados indirectos.
La víctima y el sujeto pasivo del delito son conceptos relacionados, pero no siempre idénticos. El sujeto pasivo es el titular del bien jurídico lesionado o puesto en peligro, mientras que la noción de víctima puede abarcar también a otros perjudicados directos o indirectos. Por tanto, la condición de sujeto pasivo no se define por actuar bajo coacción.
Las Naciones Unidas han impulsado la protección y asistencia de estas personas. Cuando la reparación no puede obtenerse plenamente del responsable o de otras fuentes, su Declaración de 1985 recomienda que los Estados procuren mecanismos de compensación, especialmente ante lesiones graves. No se trata de una indemnización automática: depende de la legislación aplicable.
¿Cuáles son las clases de víctimas que podemos encontrar? Una propuesta clásica es la de Luis Jiménez de Asúa. Esta tipología de víctimas distingue entre víctimas indiferentes y determinadas; estas últimas pueden ser resistentes o coadyuvantes.
Estas categorías tienen una finalidad doctrinal: ayudan a analizar la dinámica del hecho, pero no atribuyen por sí mismas responsabilidad moral, civil o penal a la víctima.
A diferencia de la víctima determinada, la víctima indiferente es objeto del delito sin haber sido seleccionada por su identidad concreta. Para el autor, otra persona podría haber ocupado su lugar. Un ejemplo es quien sufre un robo oportunista en la vía pública por encontrarse en un lugar y un momento determinados.
Este tipo de víctima ha sido escogida deliberadamente por el autor debido a una razón particular, como una relación previa, un interés económico o una motivación dirigida contra ella. Por ejemplo, puede ser atacada como consecuencia de una represalia.
Esta categoría se refiere a aquellas personas que, al enfrentarse a una situación de peligro o amenaza, deciden resistirse activamente. Por ejemplo, alguien que trata de escapar de un secuestro, pide ayuda o se defiende frente a una agresión. Esta reacción no reduce la responsabilidad del autor.
La víctima coadyuvante es aquella que, según esta terminología, presta ayuda o asistencia al autor en perjuicio propio, consciente o inconscientemente. Esto no significa que sea culpable: deben valorarse el engaño, la manipulación, la dependencia o el desconocimiento.
Existen otras formas de clasificar a las víctimas; muestra de ello es la clasificación de Benjamin Mendelsohn, quien estableció categorías según la interacción entre víctima e infractor. En su planteamiento, a mayor participación atribuida a una parte, menor sería la de la otra.
Esta tipología de víctimas tiene valor histórico, pero su vocabulario debe interpretarse con cautela. Hablar de «culpabilidad» dentro de esta clasificación no equivale necesariamente a atribuir responsabilidad jurídica a quien ha sufrido el delito.
Algunos de los tipos de víctimas según Mendelsohn son:
Víctima ideal o completamente inocente: no ha realizado ninguna conducta relacionada con el desencadenamiento del delito.
Víctima de culpabilidad menor o por ignorancia: la clasificación le atribuye una participación reducida, no intencionada o vinculada al desconocimiento de un riesgo.
Víctima tan culpable como el infractor o víctima voluntaria: participa activamente o colabora en la situación analizada.
Víctima más culpable que el infractor: incluye supuestos que Mendelsohn relacionaba con la provocación o con una actuación imprudente. Esta denominación debe emplearse sin justificar la conducta del autor.
Víctima únicamente culpable: se aplica, dentro del modelo, a situaciones en las que la otra persona actúa legítimamente, como podría ocurrir en determinados casos de legítima defensa.
Hablar de las dimensiones de victimización es hacerlo de las formas en que puede producirse o prolongarse el daño. No describen clases de personas, sino niveles del proceso. Junto con la tipología de víctimas, permiten comprender sus consecuencias.
Cuando se trata de esta dimensión, se alude directamente a los daños físicos, psicológicos, sociales o económicos que ha sufrido la víctima como consecuencia del acto delictivo. La afectación puede producirse de manera directa o indirecta, según la naturaleza y las consecuencias del delito.
En este caso, el daño no procede del delito inicial, sino de las respuestas posteriores que recibe la persona. Puede aparecer durante interrogatorios, declaraciones, reconocimientos médicos o actuaciones judiciales repetidas, pero también a través de un trato institucional poco respetuoso, la falta de información o la exposición innecesaria de su intimidad.
Evitar esta forma de revictimización exige coordinar las actuaciones, reducir las repeticiones al mínimo imprescindible y atender las circunstancias particulares de cada víctima.
La victimización terciaria tiene significados diferentes según el enfoque doctrinal. Puede referirse a la estigmatización o exclusión de quien ha cometido un delito después de la condena, o a los efectos del sistema penal sobre el entorno social.
Además de elaborar una tipología de víctimas, la disciplina se aplica a diferentes ámbitos profesionales. Estas especializaciones muestran algunos de sus principales campos de actuación.
Esta rama se centra en el estudio clínico, el tratamiento y la rehabilitación de quienes han sido víctimas. Busca ayudarles a afrontar las consecuencias del delito e incluye a familiares afectados directa o indirectamente. Además, se enfoca en la prevención y la identificación de signos de victimización.
Esta especialización estudia a las víctimas desde una perspectiva legal y criminológica. Analiza pruebas, testimonios y otros elementos para comprender la dinámica de la victimización. Su trabajo ayuda a esclarecer los hechos y a garantizar los derechos de las víctimas.
Centrada en las personas que sufren victimización en prisión, esta especialización aborda los contextos de privación de libertad. Estudia la violencia entre personas internas o la vulneración de derechos por parte del personal penitenciario y busca prevenir estos casos.
Esta rama se dedica al estudio de las víctimas de accidentes de tráfico y de infracciones relacionadas con el tránsito de vehículos. Analiza las causas y consecuencias de la victimización vial, así como las medidas preventivas y de intervención. No solo trabaja con información sobre posibles infracciones penales, sino también con medidas de prevención en ámbitos legales, mecánicos, informativos y de infraestructura.
Quizá te interesa leer sobre:
¡Muchas gracias!
Hemos recibido correctamente tus datos. En breve nos pondremos en contacto contigo.